El Secretario de Educación Departamental de Nariño en ejercicio de sus facultades, de conformidad con la Resolución 091 del 21 de agosto de 2020 aclarada mediante oficio expedido el 25 de agosto de 2020 por la Dra. Ana María González Bernal, Jefe de la Oficina Jurídica y en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1 de la Resolución 18858 del 2018 donde“(…) se expiden los Lineamientos Técnicos – Administrativos, los Estándares y las Condiciones Mínimas del Programa de Alimentación Escolar – PAE para Pueblos Indígenas» en aras de garantizar la prestación del servicio de alimentación escolar a los niños, niñas y jóvenes y adolescentes matriculados en el sector oficial, pertenecientes a la comunidad indígena del pueblo de Los Pasto y a la población Awa, quienes por disposición de los gobernadores indígenas de los territorios, decidieron no entregar avales a los operadores habilitados por la Entidad Territorial Certificada en Educación – Nariño: la ASOCIACIÓN DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS AWA – UNIPA y la ASOCIACIÓN DE CABILDOS Y AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS DEL NUDO DE LOS PASTOS- SHAQUIÑAN, mediante proceso de manifestación de interés, cuya publicación se hizo el 11 de noviembre de 2020 se, SOLICITA a Autoridades Indígenas, Cabildos, Resguardos, Asociaciones de Autoridades Tradicionales y Organizaciones Indígenas, PRESENTAR MANIFESTACIÓN DE INTERÉS a fin de contratar con el Departamento de Nariño, la prestación del servicio y la ejecución del Programa de Alimentación Escolar – PAE en los establecimientos educativos que atienden población mayoritariamente indígena y aquellos que se encuentren ubicados en territorio indígena de Los pastos y Awa, que se relacionan en los siguientes anexos:

 

  1. SOLICITUD MANIFESTACION DE INTERES LOS PASTOS
  2. ANEXO 1 NUEVO-PROCESO